Inicio > Civil, Familia, Ley > INSTRUCCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO, SOBRE EL DERECHO DE OPCIÓN A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA ESTABLECIDO EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA DE LA LEY 52/2007, por motivos de exilio.

INSTRUCCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO, SOBRE EL DERECHO DE OPCIÓN A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA ESTABLECIDO EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA DE LA LEY 52/2007, por motivos de exilio.


La Instrucción que recoge el procedimiento y los requisitos para que puedan optar a la nacionalidad los nietos de españoles que tuvieron que salir de España por motivos del exilio. Se presumirá la condición de exiliado respecto de todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.

Para acceder a texto completo aquí

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  1. Iza
    noviembre 20, 2010 en 2:42 am | #1

    Natalia:
    Si tu padre adquirió la nacionalidad de tu abuelo y si no había perdido la
    nacionalidad española cuando te tuvo a tí, puedes optar bajo el Anexo I.
    El Anexo II es para aquellos españoles que perdieron la nacionalidad como resultado
    de esta última guerra civil.

  2. Roberto Iza
    octubre 3, 2010 en 2:35 pm | #2

    Creo que si tu mamá era española de origen Y perdió la nacionalidad española debido
    a su condición de exiliada, tus hijos mayores, sus nietos, pueden hacer la opción a la nacionalidad de origen por el Anexo II.

    Tu nacionalidad es de ORIGEN y también por opción si seguiste el Anexo I. Pero
    tus hijos mayores no pueden optar como tú. Aún tus hijos menores no serían españoles
    de origen, aunque sí serían españoles por ostentar tú la nacionalidad durante la
    menor edad de ellos.

    Si tienes prueba de que tu abuelo no perdió la nacionalidad, tus hijos sólo deben
    presentar este hecho, más la prueba de que tú o ellos perdieron la nacionalidad
    como consecuencia del exilio. Les sería muy fácil, y serían españoles de origen.

    En cuanto a tí, no estoy seguro de qué debes hacer. Ya eres española de orgigen.
    El Anexo III no te beneficia. Te recomiendo que te comuniques con Hijos y Nietos
    de Españoles. http://www.hyne.com.ar/ También existen tres blogs muy buenos en
    blogspot.com. Son ggarciasuarez.blogspot.com/, http://danbars1.blogspot.com/
    y http://nacionalidades.blogspot.com/. En tu lugar yo acudiría a este último
    primero, porque Javier contesta siempre inmediatamente.

    ¡Buena suerte! Tu caso es muy lindo. Ojalá que España pueda recibir un regalo
    tan precioso.

  3. Marta
    octubre 3, 2010 en 2:05 pm | #3

    Soy de Argentina.
    Ya obtuve la nacionalidad española presentando los papeles por LMH pero creo que cometi un error porque mi abuelo nunca perdió la nacionalidad, por lo tanto mi madre era española de origen. Entonces mi nacionalidad es DE ORIGEN o es POR OPCION? El caso es que mis hijos mayores quieren la nacionalidad, pero no se si primero yo deberia presentar el anexo III. Que trámite correspondería?
    Gracias

  4. Roberto Iza
    julio 23, 2010 en 3:14 pm | #4

    P.D.
    ¿El consulado te ha dicho que la certificación de la inscripción en el Registro de los Españoles no es suficiente y que necesitas también la partida de bautismo?
    La partida de bautismo solamente es necesaria para nacimientos antes
    del Registro del Estado Civil. La partida prueba sólo la filiación de la criatura.
    Yo asumo que al inscribirse en el Registro de los Españoles, el encargado del
    registro recibió de tu abuelo todos los documentos necesarios para establecer
    que era súbdito español. No era nada fácil inscribirse en el Registro de los
    Españoles. De hecho, a los canarios se le negó el derecho en un principio, porque
    el Art 9 sólo hablaba de los penínsulares. No entiendo por qué además te haría falta el bautizo.
    Pregúntale al consulado para estar segura de que no te estás volviendo loca
    buscando algo que no te hace falta presentar.

    Por cierto que tu abuelo es un tesoro tanto para Canarias que como para toda
    España. Fueron pocos los “isleños” que perseveraron y se inscribieron a pesar
    de las dificultades. Después que termines en el consulado, mándale una copia
    de la partida del registro de los españoles al gobierno de Canarias. Se sentirán
    orgullosos de él.

  5. Roberto Iza
    julio 23, 2010 en 3:09 am | #5

    ¿Has preguntado en el consulado si tu abuelo estaba inscrito en el consulado?
    España tuvo consulados en Cuba desde temprano después de la guerra. Si tu abuelo
    hizo el esfuerzo por inscribirse como español en el registro de los españoles
    bajo los EE.UU., seguro que se presentó en un consulado español para obtener
    la cédula consular.

  6. Nieves Vega
    julio 23, 2010 en 1:47 am | #6

    Estimados señores:
    Mi abuelo nació en Tafira,Las Palmas de Gran Canarias, en 1863.Después de hacer una búsqueda extensiva, el obispado de Gran Canarias me ha informado que no hay constancia del bautizo de mi abuelo en ninguna de las parroquias, mientras sus hermanos José,Pino y Concepción sí aparecen bautizados en la parroquia de la Inmaculada Concepción. Este es el único documento que me falta pues poseo la extranjería de mi abuelo con su número de expediente,copia de la firma del tratado de París en 1900 por parte de mi abuelo para mantener su nacionalidad española que mantuvo hasta su fallecimiento.
    Otros documentos como defunción,inscripciones de nacimiento de mi padre y mía que expresan la nacionalidad española de mi abuelo.
    Tengo cita consular en la Embajada de España de La Habana en septiembre para entregar documentación.Qué puedo hacer?
    Estoy dispuesta acudir a cualquier institución que pueda ayudarme para obtener la nacionalidad española.
    En espera de su amabilidad y atención:Nieves Vega.

  7. Roberto Iza
    junio 24, 2010 en 2:23 am | #7

    Estoy aquí buscando respuestas, y no sé cúal sería la mejor solución. Pero en tu
    lugar, yo primero preguntaría en el consulado en La Habana si está tu abuelo en
    el registro de súbditos españoles. Hasta recientemente, se les expedía una cédula
    consular a los españoles en el consulado local. Si no está en los registros de la
    nacionalidad en el consulado, entonces yo le pediría a la parroquia donde fue
    bautizado el abuelo una transcripción literal legalizada por la diócesis de su
    partida de bautismo. Esta transcripción acompañada por el negativo del registro
    civil correspondiente al lugar de nacimiento sería aceptable en lugar de la
    certificación de nacimiento. También te hará falta el certificado de extranjería
    cubana de que tu abuelo era residía en Cuba y no era ciudadano cubano.
    El certificado de defunción posiblemente también diría que el abuelo era español.
    Sobra decir que te hace falta tu certificación de nacimiento y la de tu progenitor
    hijo del abuelo para establecer la filiación.
    Espero que alguien pueda aconsejarte mejor. Normalmente, el consulado en La Habana
    sería la mejor fuente de información, porque ellos son lo que te inscribirán o no
    y saben exactamente lo que necesitan para hacerlo

  8. Jose Raul
    junio 24, 2010 en 12:00 am | #8

    Estimados:

    Mi abuelo nació en Alberique, Valencia en 1905 y vino a CUBA con su hermana en 1922, una vez murió mi bisabuela. Mi abuelo murió en Cuba en 1979. Nunca se hizo ciudadano cubano.
    Cuando solicitamos Inscripción de Nacimiento en España, me dicen que no existe una vez se quemaron los archivos cuando la Guerra Civil Española.
    Qué debo hacer para presentar documentos en Consulado en CUBA y acogerme a la nacionalidad española??
    slds

  9. BRUCE RAFAEL ANGEL AVILA ARIAS
    abril 26, 2010 en 12:00 am | #9

    Mi nombre es Rafael, y vivo en Costa Rica, mi abuelo
    llego a Costa Rica en 1902 , mi madre nacio en 1917 nunca se nacionalizo como Española, mi abuelo conserbo siempre la nacionalidad Española, en 1966 se acojio al tratado de doble nacionalidad entre Costa Rica y España, Pregunto, yo entro por el anexo I

  10. Eugenio Alvarez
    abril 22, 2010 en 4:07 am | #10

    Hola! Soy mexicano por nacimiento, mi abuelo era español y emigró a Cuba antes de 1910, mi padre era cubano y siempre lo fue, nacio en 1912. Yo como nieto de español emigrado antes de 1910 puedo acojerme a la ley de memoria historica?

    Gracias anticipadas por su comentario.

    • Roberto Iza
      mayo 24, 2010 en 10:21 pm | #11

      A Eugenio Álvarez:

      Sí, bajo el anexo I. Vete corriendo al consulado español, y opta ya.
      No pierdas tiempo.

      El ius soli no era absoluto en Cuba en 1912. Aunque tu padre
      nació en Cuba, no fue cubano por nacimiento si su padre no era ciudadano cubano
      cuando nació tu papá en 1912. Si no tienes la ciudadanía cubana documentada
      en una fecha dada, no asumas que sabes que tu abuelo era cubano en esa fecha.
      No te rompas la cabeza con el lío de la ciudadanía cubana.
      Además, ¿por qué te lo preguntaría el consulado español en México?
      Es un consulado español, no un consulado cubano.
      Lo que sí te hará falta es la certificación de la inscripción del nacimiento
      de padre en el registro civil consular en La Habana. Si no existe, te darán una
      negativa, que te hará falta para inscribirlo fuera de plazo.

  11. Roberto Iza
    marzo 1, 2010 en 5:27 pm | #12

    Necesito investigar dos datos relacionados con el Tratado de Paz
    de 10 diciembre 1898 con los Estados Unidos de América:

    a) Del total de varones mayores de edad naturales de
    la Península que se inscribieron como súbditos españoles
    en Cuba de acuerdo con el art 9º del Tratado de Paz,
    ¿cúantos eran nacidos en la Isla de Cuba?

    b) ¿Cúantos españoles nacidos en Cuba se inscribieron
    como súbditos de España de acuerdo con el Real Decreto
    de 11 Mayo 1901?

    ¿Quién del gobierno de España tendría estas estadísticas?

  12. julia cristina solórzano saldarriaga
    febrero 6, 2010 en 4:13 am | #13

    soy una mujer de 43 años con dos hijas una ecuatoriana de 23 años con discapacidad mental del 48 % mi otra hija tiene 6 años y es de nacionalidad española nacio en sevilla mi esposo ya es ciudadano españos hemos presentado la documentacion respectiva para registrar el matrimonio se lo hizo el 01 de julio del 2009 y hasta ahora no hay respuesta yo quiero viajar con mis hijas ya que la situacion en mi pais es dificil el tiene su trabajo pero mis hijas necesitan a su padre lo ven solo cada dos años yo estuve en sevilla-españa hasta el 8 de abril del 2005 mi documentacion siempre estuvo en regla es mas me llegaron documentos para la tarjeta definitiva pero no pude regresar por mi hija con discapacidad la vida de mi hija es muy triste al pensar mucho en su padre sufre crisis de ausencia les cuento que en una ocacion la encontramos en el aeeropuerto de guayaquil habia estado 3 dias durmiendo en los asientos esperando que su padre llegara en algun avión cuando la encontramos habian pasado 9 dias es mas en otra ocacion la encontramos despues de 15 dias pero no fue en ecuador esta vez fue mas lejos la encontre en el perú es muy triste contarlo mi hija cuando la encontramos estaba en la comisaria de la mujer la habian detenido por que no llevaba documentacion la suerte es que se habian dado cuenta de que era algo especial y la tenian en una oficina la encontre en mal estado lo unico que supo decirme es que habia caminado mucho para encontrar a su padre y que nunca lo encontro sus piernas no respondian sus pies lleno de hojos le habian cortado el pelo a ella le paso de todo y solo por buscar a su padre su padre las quiere mucho nunca deja de mandarles el dinero pero como veran para el amor familiar no solo el dinero es importante todo viene junto hay veces que mi esposo se quiere regresar pero luego dice y como compramos las cosas que les hacen falta a nuestras hijas a ella la trataba el dr. varas de guayaquil es es siquiatra del lorenzo ponce pero en una ocacion por tanto medicamento le dio un preinfarto se recupero caso de inmediato gracias a que yo desde muy niña a mi hija la incline al deporte ella baila yo tambien bailo son profesora de danza moderna tengo un grupo de danza de jovenes con discapacidad y otros con problemas que ha dejado la migracion jovenes que se quedaron sin padre y madre en unas ocaciones y nunca se acordaron de ellos es la otra cara de la moneda mi esposo todos los dias se acuerda de ellas el dice que son sus niñas ya que mi gaby tiene cuerpo de mujer pero su mente a duras penas alcansa a los 13 o 14 años los medicos me decian que solo llegaria hasta 5to grado pero supero las barreras gracias a la de dicacion de su padre cuando yo viaje a españa el se quedo con mi gaby y sacaba buenas notas no exelentes ya se graduo ella dice que quiere estudiar veterinaria bueno espero que la persona que lea esto se ponga un momento a pensar si me puede ayudar ya no se que hacer talvez viaje al consulado español con mis dos hijas esque soy de machala- el oro para preguntar personalmente lo que puedo hacer mis hijas necesitan de su padre urgente de antemano agradesco su atencion muy comedidamente quien les escribe la madre julia cristina gracias

  13. Roberto Iza
    enero 30, 2010 en 3:59 pm | #14

    ¿Se conserva aún en España los expedientes individuales de renuncia a la nacionalidad española presentados por los naturales españoles en Cuba como consecuencia de la victoria de los Estados Unidos en la guerra del 98? Creo que las renuncias a la nacionalidad debían ser registradas en el registro del estado civil español para tener fuerza legal en el Reino; y que el solicitante debía presentarle al encargado del registro su certificación de nacimiento, y si era casado, la certificación de matrimonio, y las de nacimiento de su mujer e hijos. Si se conservan estos expedientes en España, son un recurso importante para los historiadores de la época. Se trata probablemente de la expatriación en masa más grande de naturales entre la expulsión de los moriscos de 1609 por Felipe III y el exilio después de la victoria de Franco.

  14. María Antonia
    enero 11, 2010 en 6:06 am | #15

    Mi abuelo se llamó José Alonso Navarro nació en Cádiz entre marzo de 1870 y febrero de 1871. Sus padres se nombraron Antonio Alonso Sornoso y Agustina Navarro Gallardo, he solicitado su certificado de nacimiento a todos los municipios de esta provincia y solo cuatro me han respondido comunicándome que no está inscripto allí, pero mi gran dificultad es que no sé la fecha exacta de su nacimiento, como tampoco el tomo y folio.
    Tengo en conocimiento que el Registro Civil comenzó a funcionar en el año 1871, por lo que es posible que esté registrado en una parroquia, pero para ello preciso conocer cuáles eran las existentes en la época de su nacimiento. Necesito de me orienten al respecto.
    Gracias, saludos, María Antonia

  15. jose antonio iribarren
    noviembre 20, 2009 en 12:19 am | #16

    mi abuelo se llamaba igual que yo era de origen vasco
    de guipuscoa, pero no se como puedo hacer para averiguar el segundo apellido

  16. edison ajamil fernandes
    noviembre 2, 2009 en 4:05 pm | #17

    dei entrada com my expediente de nacionalidad española por ley de memoria historica en guadalajara fiz o juramento no mesmo dia isto en 03.01.2009 cuanto tiempo tarda para o registro

  17. MAGGIE
    septiembre 10, 2009 en 4:57 pm | #18

    Hay alguien en Camaguey Cuba que me pueda conseguir una copia de la partida de defuncion de mi abuelo español Manuel Paradela Puga, nacido en Orense España alrededor de 1850 – 1860. Se caso y vivio en el pueblo de Florida, provincia de Camaguey y murio alrededor del 1927. Con ese documento espero probar mi linea directa a un abuelo español para obtener la ciudadania con la Ley del Abuelo. Gracias desde Miami, Florida, USA

  18. YOLI
    marzo 18, 2009 en 4:36 pm | #19

    PARA NATALIA. si tu abuelo es español de origen asi sea en la fecha que sea que hubiera salido de españa te corresponde la nacionalidad, anexo 1 antes que nada no dices si tu padre se nacionalizo y si aun vive, si aun vive y no lo ha hecho debe recuperar la nacionalidad y despues tu entras con el anexo 1 adjuntando la recuperacion de tu padre o sea la partida española, si tu padre fallecio sin recuperar no importa adjuntas la partida nacimiento de tu abuelo, partida de tu padre ,de tu madre de defuncion de tu padre, partida tuya, copia de tu cedula o dni, y lee el resto que te interesa en mi comentaria a ma. dolores . Suerte.

  19. YOLI
    marzo 18, 2009 en 4:29 pm | #20

    MA DOLORES otra cosa mas son 22 dolares de pasaporte y el papel que te den guardalo bien no lo puedes perder sino tienes que hacer un tramite de perdido en la policia creo o en el ministerio sino no te entregan el pasaporte. suerte nuevamente.

  20. YOLI
    marzo 18, 2009 en 4:27 pm | #21

    Para MA DOLORES FEMENIAS,SI TU PADRE ES ESPAÑOL DE ORIGEN ENRAS CON EL ANEXO 1 LLENALO CON LOS DATOS QUE TE PIDEN ADJUNTANDO PARTIDA NACIMIENTO DE TU PADRE ESPAÑOL, PARTIDA MATRIMONIO SE SE CASO CON TU MAMA, PARTIDA NACIMIENTO DE TU MADRE, PARTIDA TUYA , SI TU PADRE HUBIERA FALLECIDO EN CUBA NECESITAS PARTIDA DEFUNCION , COPIA DE TU CEDULA O DNI, SI ERES CASADA PARTIDA MATRIMONIO Y PARTIDA DE TU ESPOSO, SI TIENES HIJOS MENORES ENTRAN EN LA LEY, Y NECESITARIAS DESPUES QUE TE DEN LA NACIONALIDAD INGRESARLOS CON SUS PARTIDAS RESPECTIVAS, TAMBIEN ADJUNTAR PARTIDA DE TUS HIJOS MAYORES EN CASO DE QUE LAS LEYES LLEGUEN A TUS HIJOS DESPUES. mAS INFORMACION ENTRA EN INTERNET EN LA PAGINA msjusticia.es EN ATENCION AL CIUDADANO SI QUISIERAS ALGUNA INFORMACION QUE NECESITES O PEDIR PARTIDA DE TU PADRE AL REGISTRO CIVIL, ESE ES OTRO TRAMITE BUENO SERIA TENGAS LA PARTIDA DE EL ASI SEA ANTIGUA SIRVE. LAS DEMAS PARTIDAS TIENEN QUE SER ACTUALIZADAS Y APOSTILLADAS EN EL MINISTERIO EXTERIOR DE DONDE VIVES. PARA EL ANEXO QUE NECESITAS ENTRA EN INTERNET EN LEY DE MEMORIA HISTORICA NACIONALIDAD ESPAÑOLA CUANDO SALGA LA LEY AL FINAL ESTAN LOS ANEXOS. LLENALO CON 1 COPIA CUANDO TENGAS QUE IR AL CONSULADO LLEVA CON LOS DOCUMENTOS Y QUE TE SELLEN EL RECIBIDO EN LA COPIA DEL ANEXO 1. TIENES QUE ESPERAR QUE TE LLAMEN Y CUANDO LO HAGAS TIENES QUE LLEVAR 4 FOTOS PASAPORTE CON FONDO BLANCO MATE O SEA SIN BRILLO Y 22 DOLARES, SI TE FALTA ALGUN OTRO DOCUMENTO TE LO PEDIRAN Y TIENES 30 DIAS PARA ENTREGARLO. PARA SACAR CITA TIENES QUE INGRESAR EN INTERNET EN citapreviaconsular.maec.es Y LEE DONDE DIGA EN QUE CONSULADO ESTAS MAS CERCA DE DONDE VIVES Y DAS CLIC Y LLENAS LOS DATOS CUANDO DES UNA CONTRASEÑA NO TE LA OLVIDES PARA QUE PUEDAS SEGUIR CHEQUEANDO COMO VA TU CITA. SUERTE OJALA TE AYUDE LO QUE TE ES CRIBO. CUALQUIER OTRA PREGUNTA ESTARE AGIL PARA AYUDARTE.

  21. Mº DOLORES FEMENIAS
    marzo 7, 2009 en 12:52 pm | #22

    mi padre se fue a Cuba en 1918, consta en un pasaporte que nació en la Huerta de Gandia, Rafelcofer,¿puedo yo obtener la nacionalidad española?¿a donde recurrir para averiguar más datos.Vivo en Cameguey

  22. grancanario
    marzo 5, 2009 en 11:55 pm | #23

    HOLA GERARDO, TE EQUIVOCAS! SI ERES NIETO DE ABUELO ESPAÑOL QUE SALIO ANTES DE 1936 Y A SU VEZ ESTE CUANDO TUVO A SU HIJO/HIJA MANTUVO SU NACIONALIDAD, ENTONCES ENTRAN ESOS NIETOS!

  23. grancanario
    marzo 5, 2009 en 11:51 pm | #24

    Quienes entran, quienes no, que obtienen y a quiénes pasan la nacionalidad (RESUMIDO)
    Anexo I
    Aquellos cuyo padre/madre son españoles de origen:
    (También entran Nietos de abuelo varón emigrante antes del año 1936 que mantuvo la nacionalidad hasta por lo menos el nacimiento de su hijo/a y nietos de abuela emigrante que mantuvo la nacionalidad y no se casó y sus hijos no fueron reconocidos por ningún varón NO ESPAÑOL)
    A – los que su padre ya recuperó
    B – los que sus padres fallecieron deben primero hacer
    inscripción ( depende de cada consulado como realiza dicho trámite )
    Obtienen nacionalidad de opción de origen y pasan a sus hijos
    menores, pero por opción (no de origen)

    Anexo II
    Los nietos de los que se exiliaron entre 1936 y 1955 ( emigrante varón o mujer )
    Aquí si el padre/madre falleció la instrucción es clara pueden
    inscribirlo
    Obtienen también opción de origen y pasan a sus hijos menores de edad, pero por opción (no de origen)

    Anexo III
    Aquí están los que por la ley del 2002 tienen nacionalidad por
    opción y puede cambiar a opción de origen por LMH
    Pasan a sus hijos menores de edad, no de origen
    Hijos Mayores de Edad, no entran ( sugerimos presentarse en el consulado, y ante la respuesta negativa por escrita realizar recurso a la DGRN )

    Observaciones
    Que puede además hacer el descendiente?
    A – como la ley es más amplia que la instrucción, pueden
    presentar recursos ante la DGRN
    B – Errores de interpretación de la instrucción , también
    se puede recurrir ante la DGRN
    C- está ley es transitoria por 2 años y podría prolongarse 1
    año más, luego sigue en vigencia el C Civil actual con su artículo 20.1.B
    Coordinación HyNE

  24. GUILLERMO
    enero 28, 2009 en 3:46 pm | #25

    Mis abuelos por parte de padre eran nacidos en Canarias, emigraron a Cuba en 1918. Mi padre nació en Canarias el 17 de abril de 1917 y llegó a Cuba con mis abuelos el 14 de julio de 1918 en el vapor español Infanta Isabel. Yo desconozco si existe alguna documentación en Canarias que haga constar que mi padre nació allá, pues siempre figuró como cubano y falleció en Cuba en 1992. Cómo debo proceder para indagar sobre su origen.

  25. luis
    enero 20, 2009 en 8:11 pm | #26

    necesito saber sobre los tramites sobre la nacionalidad españala (recuperativa). mi padre tiene la de opcion. siendo mi abuelo originalmente español y no acogerce a la ciudadania cubana

  26. Adriana
    enero 5, 2009 en 9:44 pm | #27

    un saludo desde cuba mi abuelo vino a cuba antes del 1936 aqui se caso con mi abuela cubana hija de padres espanoles nunca mi abuelo se acogio a otra nacionalidad nacio mi padre quien se acogio a la ciudadania espanola en el ano 2003 pregunto si puedo hacerme ciudadana espanola por mi abuelo .Fraternalmente adri

  27. rosalina soler
    enero 5, 2009 en 8:16 pm | #28

    estoy interesada en saber cuales son los trámites para adquirir la nacionalidad española.
    mi abuelo era ciudadano natural y mi padre se adquirio la nacionalidad hace un mes,
    ?en mi caso yo debo obtenerla por mi abuelo o puedo hacerlo tambien por mi padre?

  28. Jose Masip
    enero 3, 2009 en 12:43 am | #29

    Amigo Raul Perez, por favor explique un poco más a fondo su caso. Puede servir de guía para otros compatriotas!
    Saludos!

  29. Raul Perez
    noviembre 27, 2008 en 8:39 am | #31

    Estimados Sres.,

    Mis abuelos paternos son espanoles, nacidos en Espana e imigraron a Cuba antes de 1936. Mi padre nacio en Cuba, en 1926 y recupero la nacionalidad espanola por ser ( segun la ley vigente) espanol de origen. Nosotros lo hijos y tambien nietos de espanoles, tenemos derecho, aun cuando mis abuelos, mi abuelo nunca perdio la nacionalidad, llegaron a la isla antes de 1936.

    Agradecido,

    Raul Perez

    • Illana Sofia Flores Gonzalez
      mayo 24, 2010 en 8:50 pm | #32

      Estimado Raul,
      Mi abuelo llego a Cuba antes de 1936 hullendo de la mala situacion en España, el llego con su hermana Arcenia Gonzalez Perez, el siguio su camino a Honduras ya que adquirio un trabajo con la Tela Rail Road Co. y se caso con mi abuela, mi mama nacio en 1936 en Honduras. La hermana se quedo en Cuba y perdimos comunicacion con ella.
      Entonces por esta ley Historica, si como nieta de Manuel Gonzalez Perez tengo derecho a la Ciudadania Española? Donde puedo comounicarme para adquirir los registros de salida /entrada a Cuba de mi abuelo? Alguna sugerencia? necesito ayuda y se los agradecere siempre.
      Deberia mi mama adquirir la Nacionalidad Espanola?

      Saludos,
      Sofia Flores Gonzalez

  30. Gerardo
    noviembre 19, 2008 en 9:55 pm | #33

    NO, ESTA LEY NO AMPARA A LOS NIETOS DE LOS EXILIADOS ANTES DEL 18 DE JULIO DE 1936. HABLA DE LOS QUE SUFRIERON PERSECUCIÓN DURANTE LA GUERRA CIVIL ESPAÑOLA Y LA DICTADURA DE FRANCO. O SEA QUE COMPRENDERIA DESDEL EL 1936 HASTA 1975.

  31. NATALIA
    noviembre 12, 2008 en 9:07 pm | #34

    QUISIERA SABER SI TAMBIEN PODRAN OBTENER LA CIUDADANIA ESPAÑOLA LOS NIETOS DE AQUELLOS EMIGRANTES QUE SALIERON DE SU PAIS POR EXILIO ECONOMICO ANTES DE ESA FECHA 1936 O SEA DURANTE LA PRIMERA GUERRA MUNDIAL

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